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jueves, 12 de mayo de 2016

Indicaciones geográficas y denominaciones de origen

¿Qué son las indicaciones geográficas y las denominaciones de origen?

Siempre escuchamos sobre estos términos, por lo que corresponde explicarlos, según la DINAPI expone en su portal Web, como sigue:

Características y diferencias
Señala dicha dependencia que cuando vamos al Supermercado y queremos comprar “queso roquefort”, no estamos ante la presencia de una MARCA, tampoco ante el nombre GENÉRICO de un producto, sino ante una INDICACIÓN GEOGRÁFICA O DENOMINACIÓN DE ORIGEN; lo que realmente queremos comprar es un “queso azul”. El queso Roquefort constituye una indicación geográfica.

Las Indicaciones Geográficas son signos que identifican un producto como originario de un territorio, región o localidad, cuando determinada calidad, reputación u otra característica del producto sea imputable fundamentalmente a su origen geográfico.

Para que exista una Indicación Geográfica debe existir un vínculo entre las características de un producto y el lugar de origen del mismo, este vínculo debe estar dado por la reputación del producto atribuible fundamentalmente a ese origen geográfico, ya sea por cuestiones naturales de clima y suelo.

Una DENOMINACIÓN DE ORIGEN es un tipo especial de indicación geográfica, que se aplica a productos que poseen calidad o características que se deben exclusiva o esencialmente al Medio Geográfico, comprendidas entre:

a) los FACTORES NATURALES: Responden al clima y suelo.

b) los FACTORES HUMANOS: Se refieren a la forma tradicional de elaborar un producto y la habilidad de los lugareños de la región para producirlo, siendo el factor humano lo que lo diferencia de una indicación geográfica.

La utilización de las Indicaciones Geográficas no se limita a los productos agrícolas. Pueden asimismo servir para destacar las cualidades especificas de un producto, que sean consecuencia de factores humanos propios del lugar de origen de los productos, tales como unos conocimientos y tradiciones de fabricación concretos.

El lugar de origen puede ser un pueblo o una ciudad, una región o un país. Un ejemplo de Denominación de Origen, podría ser el Ñanduti de Itauguá, en el cual se conjugan los hilos naturales producidos en el lugar, con la tradición de generación en generación de la forma de elaboración y tejido del mismo.

Las Denominaciones de origen, por tanto, son un tipo especial y más específico de Indicación Geográfica. En suma, al hablar de Indicaciones Geográficas, abarcamos también las Denominaciones de Origen.

¿Qué función tiene una Indicación Geográfica?

Una indicación geográfica permite hacer referencia al lugar o región de producción que determina las cualidades especificas del producto. Es importante que las cualidades y la reputación del producto sean atribuibles a dicho lugar. Habida cuenta de que dichas cualidades dependen del lugar de producción, cabe hablar de “vinculo” específico entre los productos y su lugar de producción original.

Legislación Nacional en materia de Indicaciones Geográficas.

En nuestro país las indicaciones geográficas están reguladas en el Artículo 57 de la Ley Nº 1294/1998 de Marcas que establece: “Se entiende por indicación geográfica el signo que identifique un producto como originario de un país, región, localidad u otro lugar, cuando determinada característica del producto o su reputación fuese atribuible fundamentalmente a ese origen geográfico”.

De la definición dada por nuestra ley podemos colegir que:

A) el SIGNO que representa la indicación geográfica debe estar asociado a un lugar geográfico determinado y

B) que el producto debe tener características especiales y diferenciadoras de otros productos similares, debido justamente a las condiciones propias del medio geográfico donde es producido, esa diferenciación puede ser consecuencia de cuestiones naturales (clima, suelo).

Así mismo el Artículo 58 de la Ley 1294/1998 establece que sólo los productores, fabricantes o artesanos que desempeñan su actividad en el lugar designado por la indicación geográfica pueden usar esa indicación respecto al producto que ella identifica, y pueden igualmente impedir que la indicación geográfica se utilice para identificar productos del mismo género que no sean originarios del lugar designado por la indicación.

El Decreto No. 6329 del 23 de marzo de 2011 dispone la creación de una nueva sección dependiente de la Dirección de la Propiedad Industrial (DPI) del Ministerio de Industria y Comercio encargada de las “Indicaciones Geográficas” y faculta a dicha dirección a reglamentar su funcionamiento.

Las indicaciones geográficas no prohíben a productores de otras regiones generar un producto del mismo tipo, sí les da derecho a los titulares de dicha indicación geográfica, a impedir que la misma sea utilizada para identificar productos del mismo género, que no sean originarios del lugar designado por la indicación.

Existe a nivel internacional varios tratados que protegen las indicaciones geográficas, en particular, el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, de 1883, el cual fue ratificado por Ley No. 300, en el año 1994.

Además de esos tratados, cuando se crea la Organización Mundial del Comercio (OMC), se incorpora el Anexo “C”, el “Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual” relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) contempla la protección internacional de las indicaciones geográficas. Este acuerdo también ha sido ratificado por nuestro país en virtud de la Ley No. 444 en el año 1994.

Otro punto que debe ser tenido en cuenta es que el reconocimiento internacional de la indicación geográfica no es automático, y está condicionado a lo establecido en los Acuerdos Internacionales y a las leyes nacionales que rigen la materia. Debemos considerar que la protección dada a las mismas e incluso, las definiciones y ámbito de protección son muy diferentes en los diversos países, es por ello, que debemos analizar los costos/beneficios de hacerlo en caso que busquemos tener una protección internacional.

¿Podría el Paraguay desarrollar indicaciones geográficas? 
No les parece que el “queso Paraguay”, la “frutilla de Areguá o Estanzuela”, la “carne del Chaco”, el “Ka'a He'e de Horqueta”, la “hamaca paraguaya”, el “poncho de sesenta listas de Piribebuy”, el “ñanduti de Itauguá”, la “filigrana de Luque”, todos ellos tienen la reputación y la tradición como para ser una Indicación Geográfica.

Cada lugar tiene un producto que se destaca a nivel local y en ocasiones a nivel nacional e internacional, quizás tu ciudad o departamento también lo tenga, sería interesante que lo averiguaras.

El gran desafío para beneficiarnos de este instrumento denominado Indicación Geográfica es lograr la asociación de los productores y la homogeneidad de calidad de la producción.

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viernes, 6 de mayo de 2016

Un poco de historia

A lo largo de los años, las Marcas han evolucionado hasta configurar el actual sistema de registro y protección.
Hace 3.000 años los artesanos de la India solían grabar sus firmas en sus creaciones artísticas antes de enviarlas a Irán, hecho que comprobó fehacientemente la existencia de las Marcas en la antigüedad. Se han encontrado en productos de la alfarería griega, signos que tienen toda la apariencia de Marca, pero se desconoce la protección que a tales signos pudo haberse otorgado.

Igualmente, se ha comprobado que entre los romanos era corriente el empleo de Marcas, como por ejemplo de las marcas “sigilla”, para alfarería, también para vinos y quesos. En Roma, el derecho sobre la Marca se adquiría por la notoriedad que ella alcanzaba, así se han utilizado más de 100 Marcas distintas de cerámica romana, incluida la marca FORTIS, la cual se hizo tan famosa al ser objeto de copia y falsificación.

La utilización de las Marcas aumentó con el auge del comercio en la Edad Media, en aquel entonces, las corporaciones empleaban obligatoriamente Marcas para certificar los productos que fabricaban, por citar un ejemplo, Carlos V por edicto del 16 de mayo de 1544, impuso el uso de la Marca a los tejedores de su imperio, los usurpadores y falsificadores eran seriamente castigados, podían ser excluidos de la corporación, o se les cortaba la mano derecha. Además de las corporaciones, empezaron a usarlas los comerciantes a partir del siglo XV.

Hasta principios del siglo XIX todos los países europeos dictaron disposiciones u ordenanzas reales para proteger las Marcas. Pero en Francia, a raíz de la Revolución se suprimieron las corporaciones, por Decreto del 1791, se estableció la libertad de comercio y de la industria, quedando de esta manera abolidas las marcas existentes, por constituir éstas un privilegio otorgado por el Soberano.

Ante los inconvenientes que originaba esta situación, la “Ley del 25 Germinal del año XI”, de carácter económico, dictada por Napoleón, ha permitido restablecer las marcas, pero ya no como un privilegio que otorgaba el Soberano, sino como un derecho, pero solo para los fabricantes, no para los comerciantes, estableciendo penas para los falsificadores y usurpadores, las que fueron aumentadas en el Código Penal Francés de 1810.

Las colonias españolas recibieron las disposiciones dictadas por la Corona Española en las leyes de Indias, con relación a las marcas. Se estableció que las mercaderías embarcadas para “las Indias” debían ir provistas de sus respectivas Marcas.

La legislación de Marcas se extendió por toda Europa, para responder a irresistibles necesidades del comercio y la industria.

Hoy es visualizado en cada parte del mundo todo un marco legal que hace a la Protección de Marcas, el cual ha ido evolucionando con el trascurrir de los años y ha permitido a los fabricantes, empresarios, comerciantes, distinguir sus productos o servicios de los demás, a través del respeto y la valoración del trabajo creador del ser humano en el campo de la Propiedad Intelectual.

Fuente: Dinapi

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PARAGUAY
DIOS TE BENDIGA

jueves, 5 de mayo de 2016

Algunos conceptos

En el mundo marcario, es importante conocer algunos conceptos jurídicos básicos.

Definición de Marca

Una Marca es un signo que permite diferenciar los productos o servicios producidos o suministrados por una empresa de los de otras empresas.

Por lo tanto, una Marca puede ser considerada como una herramienta de comunicación usada por el productor para atraer consumidores.

Las Marcas son aquellos signos distintivos que permiten que los productos y/o servicios se encuentren en los lugares más diversos y compitan entre sí por su sola exposición al público. Las marcas se identifican con el producto o servicio que distinguen y, desde luego, cuanto mayor es la aceptación de ese producto o servicio mayor valor adquiere para su titular.

Fuente: DINAPI



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