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jueves, 12 de mayo de 2016

Indicaciones geográficas y denominaciones de origen

¿Qué son las indicaciones geográficas y las denominaciones de origen?

Siempre escuchamos sobre estos términos, por lo que corresponde explicarlos, según la DINAPI expone en su portal Web, como sigue:

Características y diferencias
Señala dicha dependencia que cuando vamos al Supermercado y queremos comprar “queso roquefort”, no estamos ante la presencia de una MARCA, tampoco ante el nombre GENÉRICO de un producto, sino ante una INDICACIÓN GEOGRÁFICA O DENOMINACIÓN DE ORIGEN; lo que realmente queremos comprar es un “queso azul”. El queso Roquefort constituye una indicación geográfica.

Las Indicaciones Geográficas son signos que identifican un producto como originario de un territorio, región o localidad, cuando determinada calidad, reputación u otra característica del producto sea imputable fundamentalmente a su origen geográfico.

Para que exista una Indicación Geográfica debe existir un vínculo entre las características de un producto y el lugar de origen del mismo, este vínculo debe estar dado por la reputación del producto atribuible fundamentalmente a ese origen geográfico, ya sea por cuestiones naturales de clima y suelo.

Una DENOMINACIÓN DE ORIGEN es un tipo especial de indicación geográfica, que se aplica a productos que poseen calidad o características que se deben exclusiva o esencialmente al Medio Geográfico, comprendidas entre:

a) los FACTORES NATURALES: Responden al clima y suelo.

b) los FACTORES HUMANOS: Se refieren a la forma tradicional de elaborar un producto y la habilidad de los lugareños de la región para producirlo, siendo el factor humano lo que lo diferencia de una indicación geográfica.

La utilización de las Indicaciones Geográficas no se limita a los productos agrícolas. Pueden asimismo servir para destacar las cualidades especificas de un producto, que sean consecuencia de factores humanos propios del lugar de origen de los productos, tales como unos conocimientos y tradiciones de fabricación concretos.

El lugar de origen puede ser un pueblo o una ciudad, una región o un país. Un ejemplo de Denominación de Origen, podría ser el Ñanduti de Itauguá, en el cual se conjugan los hilos naturales producidos en el lugar, con la tradición de generación en generación de la forma de elaboración y tejido del mismo.

Las Denominaciones de origen, por tanto, son un tipo especial y más específico de Indicación Geográfica. En suma, al hablar de Indicaciones Geográficas, abarcamos también las Denominaciones de Origen.

¿Qué función tiene una Indicación Geográfica?

Una indicación geográfica permite hacer referencia al lugar o región de producción que determina las cualidades especificas del producto. Es importante que las cualidades y la reputación del producto sean atribuibles a dicho lugar. Habida cuenta de que dichas cualidades dependen del lugar de producción, cabe hablar de “vinculo” específico entre los productos y su lugar de producción original.

Legislación Nacional en materia de Indicaciones Geográficas.

En nuestro país las indicaciones geográficas están reguladas en el Artículo 57 de la Ley Nº 1294/1998 de Marcas que establece: “Se entiende por indicación geográfica el signo que identifique un producto como originario de un país, región, localidad u otro lugar, cuando determinada característica del producto o su reputación fuese atribuible fundamentalmente a ese origen geográfico”.

De la definición dada por nuestra ley podemos colegir que:

A) el SIGNO que representa la indicación geográfica debe estar asociado a un lugar geográfico determinado y

B) que el producto debe tener características especiales y diferenciadoras de otros productos similares, debido justamente a las condiciones propias del medio geográfico donde es producido, esa diferenciación puede ser consecuencia de cuestiones naturales (clima, suelo).

Así mismo el Artículo 58 de la Ley 1294/1998 establece que sólo los productores, fabricantes o artesanos que desempeñan su actividad en el lugar designado por la indicación geográfica pueden usar esa indicación respecto al producto que ella identifica, y pueden igualmente impedir que la indicación geográfica se utilice para identificar productos del mismo género que no sean originarios del lugar designado por la indicación.

El Decreto No. 6329 del 23 de marzo de 2011 dispone la creación de una nueva sección dependiente de la Dirección de la Propiedad Industrial (DPI) del Ministerio de Industria y Comercio encargada de las “Indicaciones Geográficas” y faculta a dicha dirección a reglamentar su funcionamiento.

Las indicaciones geográficas no prohíben a productores de otras regiones generar un producto del mismo tipo, sí les da derecho a los titulares de dicha indicación geográfica, a impedir que la misma sea utilizada para identificar productos del mismo género, que no sean originarios del lugar designado por la indicación.

Existe a nivel internacional varios tratados que protegen las indicaciones geográficas, en particular, el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, de 1883, el cual fue ratificado por Ley No. 300, en el año 1994.

Además de esos tratados, cuando se crea la Organización Mundial del Comercio (OMC), se incorpora el Anexo “C”, el “Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual” relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) contempla la protección internacional de las indicaciones geográficas. Este acuerdo también ha sido ratificado por nuestro país en virtud de la Ley No. 444 en el año 1994.

Otro punto que debe ser tenido en cuenta es que el reconocimiento internacional de la indicación geográfica no es automático, y está condicionado a lo establecido en los Acuerdos Internacionales y a las leyes nacionales que rigen la materia. Debemos considerar que la protección dada a las mismas e incluso, las definiciones y ámbito de protección son muy diferentes en los diversos países, es por ello, que debemos analizar los costos/beneficios de hacerlo en caso que busquemos tener una protección internacional.

¿Podría el Paraguay desarrollar indicaciones geográficas? 
No les parece que el “queso Paraguay”, la “frutilla de Areguá o Estanzuela”, la “carne del Chaco”, el “Ka'a He'e de Horqueta”, la “hamaca paraguaya”, el “poncho de sesenta listas de Piribebuy”, el “ñanduti de Itauguá”, la “filigrana de Luque”, todos ellos tienen la reputación y la tradición como para ser una Indicación Geográfica.

Cada lugar tiene un producto que se destaca a nivel local y en ocasiones a nivel nacional e internacional, quizás tu ciudad o departamento también lo tenga, sería interesante que lo averiguaras.

El gran desafío para beneficiarnos de este instrumento denominado Indicación Geográfica es lograr la asociación de los productores y la homogeneidad de calidad de la producción.

MUNDO MARCAS (MM)

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PARAGUAY
DIOS TE BENDIGA

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